Asociación Argentina
de Derecho Comparado

La iniciativa de la creación de la Asociación Argentina de Derecho Comparado (AADC) partió del Dr. Ignacio Winitzky, abogado argentino, profesor universitario, autor de varios libros de Derecho mercantil y, sobre todo, maestro de varias generaciones de abogados, interesado en lo que él llamaba “el análisis comparativo del derecho.”

En un viaje a Europa, ya finalizada la Segunda Guerra Mundial, entró en contacto con la Société de Législation Comparée (SLC), que había sido fundada en París en 1869.

Ello llevó a la creación, en 1946, de la Sección Argentina de la SCL y, con posterioridad, el 7 de marzo de 1947, a la constitución formal de la Asociación Argentina de Derecho Comparado.

Para dar ese paso, Winitzky reunió a un grupo de eminentes juristas argentinos, entre quienes se encontraban Héctor Lafaille, Juan Carlos Rébora, Eduardo Busso, Enrique Martínez Paz (p), Marcos Satanowsky y Antonio Machado Donell.

A lo largo de su existencia, la AADC fue presidida por Leopoldo Melo, Sofanor Novillo Corvalán, Eduardo B. Busso, el propio Ignacio Winitzky, Julio César Cueto Rúa, Jorge Reinaldo Vanossi, José Domingo Ray, Sergio C. Le Pera, Francisco de la Vega, Marcelo Urbano Salerno, Raúl A. Etcheverry, Alberto Dalla Vía, Julio César Rivera, Pedro Aberastury y Graciela Medina. Su actual presidente es Juan Javier Negri.

La sede de la AADC se halla en la ciudad de Buenos Aires. Cuenta actualmente con alrededor de 150 socios y una decena de miembros correspondientes fuera de la Argentina.

El propósito de la AADC es el de constituir, dentro de un clima de amplia libertad académica, un ámbito de contacto con el mundo jurídico exterior y buscar así la mayor cantidad de lazos, fuentes y nexos que permitan evaluar la incorporación, al Derecho argentino, los desarrollos científicos que tienen lugar en un mundo globalizado.

A tal fin, la AADC realiza reuniones periódicas con disertantes destacados, organiza eventos científicos, y otorga distinciones a trabajos científicos elaborados con los métodos propios del Derecho comparado. Una de esas distinciones es el Premio Julio César Cueto Rúa, de carácter anual.

Para asegurar la calidad de sus actividades, el ingreso a la AADC es exclusivamente por invitación. Los socios pueden proponer, al Consejo Directivo, candidatos a socios. Luego de un cuidadoso escrutinio, dicho Consejo decide acerca de la incorporación de la persona propuesta.

El Derecho comparado estudia las soluciones que los distintos sistemas jurídicos dan a una misma cuestión. Es, en consecuencia, un método de análisis jurídico. No es una rama específica del Derecho (como el civil, el penal o el tributario) sino un modo de enfocarlo, para extraer enseñanzas acerca de qué soluciones se han dado a un mismo problema bajo ordenamientos jurídicos diferentes.

El Derecho comparado puede ser ​aplicado tanto para identificar y analizar las diferencias estructurales entre sistemas jurídicos distintos (como entre el derecho continental-europeo, el common law anglosajón o el derecho tribal africano), como para estudiar la manera en que la legislación de distintos países enfoca cuestiones particulares (como, por ejemplo, el divorcio, la propiedad intelectual o los contratos de la Administración pública). No hay área del Derecho que no pueda ser objeto de análisis por el Derecho comparado.

En los estudios de Derecho comparado siempre subyace el ideal de conformar, en el futuro, un Derecho común para toda la humanidad gracias a la lenta convergencia hacia la búsqueda de soluciones apropiadas y unificadas para las grandes cuestiones jurídicas.

El creciente comercio internacional, el nacimiento de las grandes comunidades económicas (como el Mercado Común Europeo y luego la Unión Europea, por ejemplo) y la universalización de valores como los derechos humanos dieron un gran impulso al estudio comparativo del Derecho.

El Derecho comparado es útil tanto para estudiosos de las disciplinas jurídicas, como para jueces y legisladores. Su aplicación excede el ámbito meramente académico y tiene efectos prácticos en la educación jurídica, las decisiones de los tribunales y la creación de leyes y normas legales.

Quienes elaboran la doctrina jurídica estudian con detenimiento casos, precedentes y normas creadas bajo otros ordenamientos jurídicos para estudiar y comentar el Derecho doméstico vigente.

Los tribunales acuden al Derecho comparado para interpretar las leyes argentinas aplicando analógicamente las normas jurídicas vigentes en otros sistemas legales.

Los legisladores pueden interiorizarse acerca de ideas y modelos de soluciones legales extranjeras para inspirar nuevas leyes que busquen reglar y solucionar problemas locales.

La primera cátedra para la enseñanza del Derecho comparado se estableció en el Collège de France en 1831 bajo la denominación Histoire générale et philosophique des législations comparées, a cargo de Eugène Lerminier. La SLC nació en 1869, y el primer congreso internacional de Derecho comparado se celebró en 1900 en París, en ocasión de la Exposición Universal.

En 1916 se fundó, en la Universidad de Múnich, Alemania, el Instituto de Derecho Comparado (que hoy perdura como departamento del Instituto de Derecho Internacional de la Universidad de Múnich Ludwig Maximilians). En 1921 se fundó, en Francia, el Instituto de Derecho Comparado (IDCEL). En 1924 nació la Academia Internacional de Derecho Comparado (AIDC-IACL). Por último, la Sociedad Americana de Derecho Comparado (ASCL) data de 1951.

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Concurso Premio Cueta Rúa de la Asociación Argentina de Derecho Comparado

Bases para el premio anual Julio César Cueto Rúa

La Asociación Argentina de Derecho Comparado instituye el premio Julio César Cueto Rúa al mejor trabajo inédito que se desarrolle con los métodos propios del Derecho Comparado, ante la convocatoria que a tal efecto realizará el Consejo Directivo, a través de los diversos medios de publicidad que juzgue oportunos.

El certamen queda sujeto a las siguientes bases y condiciones:

  • El trabajo deberá ser inédito. Podrá versar sobre cualquier materia del derecho, sea en el ámbito del derecho público o del derecho privado, siempre que su desarrollo se despliegue según los métodos propios del Derecho Comparado.

  • El concursante deberá enviar un ejemplar en archivo Word o PDF, tamaño A4, letra Times New Roman 12, con interlineado de 1,5 y citas al pie, además de una bibliografía al final del trabajo. El trabajo deberá tener una extensión no menor de treinta páginas ni mayor de ochenta.

  • Los trabajos serán enviados por email a la siguiente casilla de correo electrónico: asociacion@derechocomparado.org.ar antes del 31 de diciembre de 2026.

  • El trabajo será firmado con seudónimo y no deberá contener seña alguna que permita identificar al autor. La identificación del seudónimo será entregada en otro archivo separado del trabajo en el mismo email en que se envió aquél. Se deberá adjuntar también una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, del diploma de abogado y su currículo vital.

  • La identidad de los participantes permanecerá confidencial durante el período en que actúe el jurado y sólo será revelada cuando el Consejo Directivo cuente con el dictamen del jurado que enuncie el mérito de los trabajos presentados.

  • El jurado será integrado por tres juristas de reconocida trayectoria, designados por el Consejo Directivo de la Asociación Argentina de Derecho Comparado, que deberá emitir un dictamen fundado sobre el mérito de los trabajos presentados. Deberá proponer a quién deberá adjudicársele el primer premio, y podrá conferir accésit a los trabajos de calidad suficiente, en número que no podrá superar el diez por ciento del total de los trabajos presentado.

  • El jurado podrá declarar desierto el concurso.

  • El premio consistirá en un diploma, una medalla y la publicación del trabajo en la página web de la Asociación. Quiénes merezcan accésit recibirán un diploma.

  • El ganador del certamen podrá ser invitado por el Consejo Directivo a incorporarse a la Asociación Argentina de Derecho Comparado en calidad de socio.

  • No podrán participar del concurso ni los integrantes del Consejo Académico, ni del Consejo Directivo.

  • El presente Reglamento será publicado en la página web de la Asociación y la presentación en el concurso implicará su aceptación.

  • El Consejo Directivo de la Asociación Argentina de Derecho Comparado resolverá sobre cualquier cuestión que no se haya considerado en este Reglamento y sus decisiones serán inapelables.